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Nov 05, 2020 Destacada, Noticias IMDSG
ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DEPORTIVAS CUBIERTAS
En virtud de lo dispuesto en los Acuerdos 76/2020 y 78/2020, de 4 de noviembre, de la Junta de CYL, por los que se declara el nivel de Alerta 4 para todo el territorio de CyL, y se determinan medidas de carácter excepcional para el mencionado nivel de alerta, queda restringido el uso de las Instalaciones Deportivas Municipales cubiertas, desde mañana viernes 6 de noviembre (incluido), permitiéndose, únicamente, las siguientes actividades.
1- Docencia de Centros de Enseñanza ya autorizados, en horario lectivo.
2- Actividad deportiva de deportistas profesionales, DAN y DAR.
3- Las Competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional, competiciones de selecciones autonómicas y las competiciones internacionales, incluyendo los entrenamientos, que se desarrollen en Castilla y León y que estén bajo la tutela organizativa de las Federaciones deportivas españolas (regidas por el Protocolo armonizado para COAE del CSD-CCAA).
4- Las Competiciones oficiales de ámbito autonómico, incluyendo los entrenamientos, cuyas fases regulares de competición den acceso directo o desemboquen en fases de ascenso a competiciones oficiales regulares de ámbito estatal (regidas por el Protocolo armonizado para COAE del CSD – CCAA).
5- Las Competiciones oficiales federadas de ámbito autonómico clasificatorias para competiciones oficiales de ámbito estatal, incluidos sus entrenamientos, para las que será obligatorio el uso de mascarilla (tanto en espacios interiores como al aire libre siempre que sea inevitable el contacto físico, (regidas por la Guía para competiciones en el ámbito autonómico de la JCYL).
Todos aquellos Clubes con deportistas o secciones que participen en Competiciones Oficiales de las recogidas en los puntos 3, 4 o 5 anteriores podrán continuar con sus entrenamientos.
Para ello, a la mayor brevedad, deberán enviar al Instituto Municipal de Deportes, a la dirección de correo electrónico deportes@imdsg.es certificado de la Federación Deportiva correspondiente acreditativa de que el Club o deportista se encuentra bajo el amparo de alguna de las excepciones enumeradas.
Significar que esta actividad, ya sean entrenamientos o competiciones, deberá llevarse a cabo, sin excepción, a puerta cerrada.
ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DEPORTIVAS AL AIRE LIBRE
No sufren variación alguna las actividades que se llevan a cabo en instalaciones al aire libre, si bien deberán continuar desarrollándose en la forma y condiciones autorizados por la normativa, y el nivel de alerta vigente en cada momento.
El Instituto Municipal de Deportes informará puntualmente de la evolución de estas medidas.